Simonelli & Asociados Consultar

Siniestros viales

Saber cómo sigue el caso, desde el primer día

Reclamos por daños y lesiones en accidentes de tránsito. Para la empresa de transporte cuya flota queda involucrada en un siniestro, y para la persona que reclama por su cuenta. La mayor parte de lo que define un reclamo se decide en las primeras semanas, cuando todavía se puede juntar la prueba que después hace falta.

El departamento

El área la lleva un departamento del estudio

El estudio cuenta con un departamento dedicado a siniestros viales y riesgos del trabajo, integrado por un equipo interdisciplinario y dirigido por el titular del estudio.

En siniestros viales, el departamento toma el reclamo desde la primera consulta —el armado de la prueba y la determinación de contra quién se reclama— y lo sostiene hasta la mediación y el juicio.

El seguimiento no depende de una sola agenda: la empresa de transporte tiene un mismo interlocutor para toda su flota, y la persona que reclama por su cuenta, un expediente que sigue el mismo equipo de principio a fin.

Accidentes de tránsito

Qué hay que probar, y qué no

El Código Civil y Comercial trata al automotor como cosa riesgosa: la responsabilidad es objetiva. En términos prácticos, no hay que probar la culpa del otro conductor — alcanza con acreditar el hecho, el daño y la relación entre uno y otro. Es el responsable quien tiene que acreditar una eximente.

El expediente, en tres columnas

Qué se junta, contra quién se reclama y qué se reclama

Lo que hay que juntar

  • Denuncia policial
  • Fotos del lugar y de los vehículos
  • Dominio, aseguradora y póliza del otro
  • Testigos con teléfono
  • Atención médica inmediata

Contra quién se reclama

  • El conductor
  • El titular registral
  • El guardián del vehículo
  • La aseguradora, citada en garantía y en la medida del seguro

Qué se reclama

  • Gastos médicos y de traslado
  • Incapacidad sobreviniente
  • Lucro cesante
  • Consecuencias no patrimoniales
  • Daños del vehículo y privación de uso

Sobre los plazos

El plazo para reclamar es largo. El plazo para juntar la prueba es cortísimo.

Los reclamos por daños derivados de la responsabilidad civil prescriben a los tres años. Es un plazo cómodo, y por eso se subestima: no es infrecuente que un caso llegue con dos años y medio encima, cuando los testigos ya no se ubican y los estudios contemporáneos al hecho nunca se hicieron.

La primera consulta

Cómo es la primera consulta

Sirve para entender qué hay, qué falta y qué plazos están corriendo. Conviene traer la denuncia si existe, las constancias de atención médica y los estudios con su informe escrito — no sólo las placas.

Primera consulta

Contanos cómo fue el siniestro

Una conversación corta alcanza para saber contra quién se reclama, qué documentación falta y qué conviene hacer esta semana.

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